El edil del Frente Amplio (FA) de Soriano, Damián Alonso, presentó una denuncia ante la Justicia luego de que la Intendencia de Soriano le negara el acceso a información pública y le impusiera una «tasa ilegal» por el derecho a realizar su solicitud. Alonso había solicitado, a mediados de año, todas las resoluciones de la comuna correspondientes desde enero de 2023 hasta agosto de 2025, pero ante la negativa de la administración, decidió recurrir a la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP).
Según los documentos presentados, Alonso pidió acceso a las resoluciones en formato físico y/o digital, excluyendo aquellas que pudieran contener información clasificada como secreta por ley. Sin embargo, al intentar formalizar la solicitud, la administración municipal le cobró una tasa de $75, correspondiente a un «Derecho a trámite», una disposición establecida por la Intendencia de Soriano.
En su reclamo ante la UAIP, Alonso subrayó que el cobro de la tasa fue inapropiado, ya que según la ley 18.381, el acceso a la información pública debe ser gratuito. La única excepción sería si se requiere la reproducción de la información, caso en el cual solo se debe cobrar por el costo de los materiales utilizados, sin fines de lucro ni aranceles adicionales. En su informe, la UAIP destacó que «no se puede pedir a la persona pago alguno para el ejercicio de un derecho, en este caso un derecho humano como es el acceso a la información pública», considerando que el cobro realizado por la Intendencia de Soriano era ilegal.
El informe de la UAIP, firmado por la asesora letrada Paula Saravia, exhortó a la Intendencia a cumplir con la ley y a publicar las resoluciones solicitadas en su sitio web. También señaló que la administración no cumplió con los plazos establecidos para entregar la información, lo que configuró el «silencio positivo» y la obligación de entregar los documentos sin demora.
En cuanto al marco constitucional, el artículo 284 de la Constitución de la República establece que los miembros de la Junta Departamental tienen derecho a solicitar información al intendente para cumplir con su cometido. En caso de que no se entregue la información en un plazo de veinte días, el edil puede insistir en su solicitud a través del presidente de la Junta.
Ante la falta de respuesta de la Intendencia, Alonso recurrió a la vía judicial y presentó una demanda ante el Juzgado Letrado de Tercer Turno. En la audiencia judicial, celebrada el 17 de diciembre, se dictó un fallo favorable para ambas partes, suspendiendo los plazos procesales hasta el 15 de febrero de 2026, a solicitud de la representación legal de la Intendencia.
Sin embargo, el 16 de diciembre, un día antes de la audiencia, el intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, firmó una resolución que finalmente accedió a la solicitud del edil. En el documento, se especifica que Alonso podrá acceder a todas las resoluciones solicitadas, respetando las excepciones legales correspondientes para proteger la información sensible de los contribuyentes.
Este episodio resalta la importancia del cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública y la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la información sin obstáculos ni cobros indebidos.